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El Tribunal Supremo establece que conducir habiendo perdido todos los puntos es delito y no falta administrativa

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha establecido que conducir con el permiso sin vigencia por pérdida de todos los puntos es delito y no una falta administrativa. El delito contra la seguridad vial, del artículo 384 CP no requiere un elemento adicional de poner en un riesgo concreto la seguridad vial, y basta con la puesta en peligro en abstracto que supone conducir sin las condiciones legales para ello