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asesoria laboral

Los parados de muy larga duración por la crisis podrán recuperar hasta dos años de cotizaciones

Las personas de entre 35 y 43 años que durante la crisis fueron expulsadas del mercado de trabajo durante al menos tres años podrán recuperar hasta dos años de cotizaciones a través de un convenio especial con la Seguridad Social, según una Orden Ministerial que está diseñando el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para su aprobación "en el menor plazo posible".

Normas de cotización a la Seguridad Social para 2019

RÉGIMEN GENERAL
Los topes de cotización se recogen en el art. 2 OC/2019, quedando de la siguiente manera:
- Base cotización máxima: 4.070,10 euros/mes
- Base cotización mínima: 1.050,00 euros/mes
La cotización por contingencias comunes se limitará por grupos de acuerdo con el artículo 3 OC/2019.
Los tipos de cotización quedan establecidos de la siguiente manera:

CONTINGENCIA

EMPRESA

) BONIFICACIONES Y REDUCCIONES A LAS COTIZACIONES AUTONOMOS

Si optan por la base mínima de cotización: Cuota de 50 euros.
- Si optan por una base superior a la mínima de cotización: Reducción del 80% de la cuota mensual.
Pasados los 12 primeros meses, durante los 12 siguientes, hasta completar los 24 meses, podrán aplicarse sobre la cuota:
a) Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período inicial previsto en cualquiera de los dos primeros supuestos.
b) Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra a).

¿Puede un trabajador marcharse de vacaciones sin la autorización expresa de la empresa?

El artículo 38 del ET establece que el trabajador tiene derecho a vacaciones anuales retribuidas y a conocerlas al menos con dos meses de antelación, y recoge que el periodo de su disfrute deberá fijarse de común acuerdo con el empresario, de conformidad con lo establecido en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

Sobre la fecha de disfrute, podemos encontrarnos con tres situaciones:

Autónomo, tienes hasta el 31 de marzo inclusive para cambiar tu base de cotización

Desde el presente año 2018, los trabajadores autónomos pueden cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización, dentro de los límites máximo y mínimo que se les apliquen en la Ley de Presupuestos y la Orden de cotización anuales: antes del 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre, con efectos al 1 de abril, 1 de julio, 1 de octubre y 1 de enero del año siguiente.

Por tanto, el próximo plazo para solicitar el cambio ante la TGSS es antes del 31 de marzo, con efectos a partir del 1 de abril.

¿Contrato laboral o mercantil? Atento a las diferencias

Si se utiliza un traje mercantil para disfrazar una verdadera relación laboral, nos encontraremos ante lo que se conoce como un falso autónomo y tendremos que pagar por ello. Luego no diga que no le hemos advertido

Qué tengo que hacer para solicitar mi prestación por incapacidad temporal?

El médico le ha dicho que, con su dolencia, no puede trabajar, así que le ha firmado un parte de baja. ¿Y ahora, qué? ¿Qué tengo que hacer para cobrar el subsidio por incapacidad temporal? ¿Dónde tengo que ir, qué tengo que llevar?

Las 10 claves de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

1-   SE AMPLÍA EL TIEMPO DE DURACIÓN DE LA TARIFA PLANA Y SE AÑADE UN NUEVO SUPUESTO PARA DU DISFRUTE

No me adapto a las nuevas herramientas en el trabajo ¿Es causa de despido?

 Uno de los motivos de inquietud por parte de muchos trabajadores es la introducción de modificaciones en su puesto de trabajo, relacionadas sobre todo con las nuevas tecnologías, nuevos programas y herramientas que requieren una adaptación o periodo formativo más o menos largo. Algunos empleados, ya sean de más edad o con menos "maña", ven impotentes que no se manejan igual que el resto de compañeros.

El cambio puede tratarse de un nuevo sistema informático, más complejo, o nuevas herramientas que el trabajador nunca ha utilizado.

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL EMPLEO

ORDEN de 6 de septiembre de 2017 por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2017 al amparo del Decreto 105/2017, de 4 de julio, de bases reguladoras de dichas subvenciones (DOE num. 131,
de 10 de julio).
Finalidad
La presente convocatoria tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura

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