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Autónomo, recuerda que el 1 de enero entra en vigor

Autónomo, recuerda que el 1 de enero entra en vigor…

Ref. CISS 9766/2017

… la tarifa plana más amplia y durante más tiempo

La cotización será una tarifa plana de 50 euros durante 12 meses para quienes se den de alta nueva en el Régimen Especial de Autónomos, no lo hayan estado en los 2 años anteriores y opten por cotizar por la base mínima.

… un recargo menor por ingresar las cuotas fuera de plazo

El porcentaje cuando las cuotas de Seguridad Social se abonen con retraso pero dentro del primer mes natural siguiente al de vencimiento del plazo de ingreso, será del 10%.

… la posibilidad de abonar la cuota por días trabajados

Será posible la afiliación y hasta tres altas y bajas dentro de cada año natural con efectos a esas fechas, de forma que en esos meses solo pagarán por días trabajados, dividiéndose la cuota fija mensual por 30.

… la posibilidad de cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año

Los autónomos podrán solicitarlo antes del 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre, con efectos al 1 de abril, 1 de julio, 1 de octubre y 1 de enero del año siguiente, respectivamente, lo que permite una mejor adaptación de las cotizaciones a los ingresos del trabajador autónomo.

… la modificación de base reguladora de la maternidad y paternidad

Las prestaciones económicas por maternidad y maternidad pasarán a ser del 100% de la base reguladora que resulte de dividir la suma de las bases de cotización de los seis meses inmediatamente anteriores entre 180 -o entre los días en que haya estado en alta, si son menos