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AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL EMPLEO

ORDEN de 6 de septiembre de 2017 por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2017 al amparo del Decreto 105/2017, de 4 de julio, de bases reguladoras de dichas subvenciones (DOE num. 131,
de 10 de julio).
Finalidad
La presente convocatoria tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el ejercicio 2017, reguladas por el Decreto 105/2017, de 4 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar la igualdad
de género en el empleo (DOE núm. 131, de 10 de julio), mediante tres programas de subvenciones:
PROGRAMAS
Programa I: Ayudas destinadas a promover la contratación indefinida de mujeres en empleos masculinizados, entendiendo por tales los relacionados en el Anexo IV.
Programa II: Ayudas para la transformación de contratos indefinidos a tiempo parcial suscritos por mujeres en contratos indefinidos a tiempo completo.
Programa III: Ayudas para la contratación indefinida de mujeres que lleven más de 24 meses desempleadas después del nacimiento y/o adopción de un hijo/a.
El importe total de la presente convocatoria asciende a la cuantía de 1.000.000 €, cuyo desglose por anualidades comprenderá para el ejercicio 2017 de 350.000€ y para el
año 2018 los restantes 650.000€.
A QUIENES VAN DIRIGIDOS
Los profesionales colegiados y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadores y cumpliendo los requisitos y condiciones
establecidos en la presente norma, realicen contrataciones en los términos previstos en la ley. Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades
civiles y las uniones temporales de empresas, que cumpliendo los requisitos y condiciones previstos, celebren los contratos.
CUANDO SE PUEDE SOLICITAR
DESDE EL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2017 HASTA EL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2018.
IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES
Programas I y III, la cuantía de la subvención establecida por contratación indefinida a jornada completa será de 9. 000 euros. En el programa III esta cuantía se reducirá
proporcionalmente cuando la jornada sea a tiempo parcial.
Programa II, la cuantía de la subvención por la transformación en jornada completa del contrato suscrito a tiempo parcial con mujeres será de:
a) 4.000 euros en el caso de que la jornada parcial del contrato suscrito inicialmente sea igual o inferior al 50 %.
b) 3.000 euros en el caso de que la jornada parcial del contrato suscrito inicialmente sea superior al 50 % e igual o inferior al 75 %.
Estas cuantías podrán verse incrementadas en 1.000 euros más a aquellas empresas Socialmente Responsables o bien que tengan implantado un Plan Empresariales de
Igualdad de Género

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