La cláusula supera el control de transparencia. Dado el carácter esencial de la misma, no cabe considerar que el consumidor no se apercibiera de su importancia económica y jurídica. La entidad prestamista no estaba obligada a explicar de forma pormenorizada el modo en que se determina el índice de referencia, porque su elaboración estaba bajo la supervisión del Banco de España. Tampoco estaba obligada a ofrecer al prestatario la opción de contratar con otros índices de referencia, ni a informarle sobre el comportamiento futuro del IRPH. El consumidor puede conocer de manera sencilla que tendrá que pagar el resultado de sumar el índice y el diferencial