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No pagarás la plusvalía municipal si hay pérdidas

En Sentencia de 11 de mayo de 2017, el Tribunal Constitucional ha declarado parciamente inconstitucionales y nulos algunos artículos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Tras las recientes sentencias del Tribunal Constitucional que anularon las normas fiscales forales en cuanto a que sometían a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor de los terrenos de naturaleza urbana, por fin el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre este aspecto pero referido a la normativa estatal.
Y si la regulación estatal es sustancialmente idéntica a la foral, también lo son los motivos de inconstitucionalidad. El Tribunal declara inconstitucionales y nulos los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales, pero únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor.

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