Cambiar la base de cotización
(art. 26 Orden 24 septiembre 1970, art. 15 Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero)
Los trabajadores autónomos pueden cambiar dos veces al año su base de cotización, dentro de los límites máximo y mínimo que se les apliquen.
El próximo plazo para solicitar el cambio ante la TGSS es hasta el 30 de abril de 2017 inclusive. Cambio que tendrá efectos a partir del 1 de julio siguiente.
La TGSS facilita el Modelo TC.4005 a tal fin (http://www.seg-social.es/prdi00//groups/public/documents/binario/117362.pdf).
→ Solicitar la devolución de cotizaciones si ha habido pluriactividad en 2016
(art. 15.10 Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero)
Los trabajadores autónomos que en 2016 cotizaron en este Régimen y en el General simultáneamente, y la suma de las cuotas totales de ambos fue igual o superior a 12.368,23 euros (sin tener en cuenta los importes por aplazamientos), pueden solicitar la devolución del 50% del exceso sobre esa cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial de Autónomos.
El interesado debe solicitar la devolución ante la TGSS hasta el 30 de abril de 2017 inclusive
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