La proposición de ley de reformas urgentes del trabajo autónomo plantea en su exposición de motivos la necesidad de que la Administración Tributaria facilite la liquidez a los autónomos y no imponga cargas formales que la dificulten.
En el ámbito fiscal, se clarifica la deducibilidad de los gastos de vehículos y se modifica la deducibilidad de los gastos de suministros prevista en el art. 30.2.4ª LIRPF: