Las ejecuciones de obra hasta el 14-04-2010 tenían que ser exclusivamente de albañilería, por lo que anteriormente se aplicaba el tipo general a otras operaciones como las realizadas por electricistas, fontaneros, pintores, carpinteros, etc., sin perjuicio de que a las mismas se les pudiera aplicar lo dispuesto por el artículo 91.Uno.3.1.º (Ver comentario relacionado).