La contratación por parte de los autónomos de hijos menores de 30 años para colaborar o trabajar en el negocio familiar ha sufrido múltiples regulaciones y cambios lo que ha provocado un cierto galimatías normativo y, en consecuencia, numerosas dudas.
Para comenzar a aclarar esta cuestión es necesario distinguir entre dos distintas formas que tiene el hijo de trabajar en el negocio familiar. Puede hacerlo como trabajador por cuenta ajena o bien como colaborador.