Una de las condiciones reiteradas para acceder a la autorización administrativa que representa el resultado de poder reagrupar a padres/suegros/abuelos es que tengan asistencia sanitaria propia, de forma que no representen una carga para la asistencia social española. Y es uno de los escollos más importantes, ya que los seguros privados de salud por lo general escapan de asegurar a quien tiene riesgo de enfermar -lo cual es legítimo ya que su negocio directo son los ingresos por no prestar el servicio, no emplear recursos en darlo- o fijan una póliza de una cuantía considerable.