Aquellos familiares del autónomo que se quieran dar de alta en el RETA y así colaborar en el negocio de este tendrá la siguiente bonificación:
- Durante los 18 primeros meses: Bonificación del 50% en la cuota.
- Durante los 6 meses siguientes: Bonificación del 25% de la cuota.
Será necesario que el familiar no haya esta dado de alta en el RETA los 5 años anteriores de este alta